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martes, 12 de noviembre de 2013

Decreto 614 de 1984 Salud Ocupacional - Higiene y Seguridad Idustrial



Este Decreto determina las bases de organización y administración gubernamental y, privada de la Salud Ocupacional en el país, para la posterior constitución de un Plan Nacional unificado en el campo de la prevención de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y en el del mejoramiento de las condiciones de trabajo.


Donde las actividades de Salud Ocupacional tienen por objeto:


a. Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones de vida y salud de la población trabajadora.

b. Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo.

c. Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales, mecánicos, eléctricos y otros derivados de la organización laboral que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo (resolución 2646 de 2008). 

d. Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud integral del trabajador en los lugares de trabajo.

e. Proteger la salud de los trabajadores y de la población contra los riesgos causados por las radiaciones.

f. Proteger a los trabajadores y a la población contra los riesgos para la salud provenientes de la producción, almacenamiento, transporte, expendio, uso o disposición de sustancias peligrosas para la salud pública.






Para mayor conocimiento de lo que contiene un plan de salud ocupacional, comparto los siguientes link:


Generalidades ver...

Contenido del Programa Ver...

Responsailidades y Sanciones Ver...

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